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Consulares
Legislaciones
La legislación mexicana prevé que para que un
documento público extranjero surta efectos en México, es necesario que
se presente debidamente legalizado por la oficina consular mexicana
ubicada en el lugar donde se expidió el documento.
La legalización de firmas y/o sellos de documentos públicos es la
autentificación que un funcionario consular hace de la firma del
funcionario gubernamental o Notario Público y/o sello oficial de una
oficina. Es decir, certifica que la firma del funcionario que emite el
documento o la impresión del sello oficial de una oficina son auténticos
y son los que utiliza en sus actuaciones oficiales. SIN PREJUZGAR SOBRE
EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO.
Requisitos:
La oficina consular mexicana sólo legaliza documentos
extranjeros expedidos por las autoridades residentes en su
circunscripción consular y la realiza tratándose de documentos
originales o de copias certificadas legalizadas por funcionarios
debidamente autorizados del Ministerio de Relaciones Exteriores, a su
vez, previamente legalizadas por la institución que las ha expedido.
El pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos
en vigor.
Este procedimiento de legalización sólo se lleva a cabo para los países
que no forman parte de la Convención por la que se Suprime el Requisito
de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, como es el
caso de la República del Paraguay.
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