Servicios Consulares
 Legislaciones

La legislación mexicana prevé que para que un documento público extranjero surta efectos en México, es necesario que se presente debidamente legalizado por la oficina consular mexicana ubicada en el lugar donde se expidió el documento.

La legalización de firmas y/o sellos de documentos públicos es la autentificación que un funcionario consular hace de la firma del funcionario gubernamental o Notario Público y/o sello oficial de una oficina. Es decir, certifica que la firma del funcionario que emite el documento o la impresión del sello oficial de una oficina son auténticos y son los que utiliza en sus actuaciones oficiales. SIN PREJUZGAR SOBRE EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO.

Requisitos:

La oficina consular mexicana sólo legaliza documentos extranjeros expedidos por las autoridades residentes en su circunscripción consular y la realiza tratándose de documentos originales o de copias certificadas legalizadas por funcionarios debidamente autorizados del Ministerio de Relaciones Exteriores, a su vez, previamente legalizadas por la institución que las ha expedido.

El pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.

Este procedimiento de legalización sólo se lleva a cabo para los países que no forman parte de la Convención por la que se Suprime el Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, como es el caso de la República del Paraguay.

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